La Visa de Nómada Digital se ha convertido en una de las opciones favoritas para profesionales del sector tecnológico, freelancers y trabajadores remotos que desean vivir en España sin cambiar de empresa. En 2026, esta visa sigue ofreciendo ventajas competitivas, tanto migratorias como fiscales.

🔹 ¿QUÉ ES Y QUIÉN PUEDE SOLICITARLA?

Es un permiso de residencia que permite teletrabajar desde España para empresas o clientes extranjeros.

Pueden solicitarla:

– Profesionales con contrato remoto fuera de España.
– Autónomos con clientes internacionales.
– Fundadores o socios de startups digitales.

🔹 REQUISITOS PRINCIPALES

Ingresos mínimos: demostrar solvencia económica (aprox. 2.200 € mensuales).
Experiencia: al menos 3 años de trayectoria laboral o título universitario.
Empresa o clientes fuera de España: al menos el 80 % de los ingresos deben venir del extranjero.
Seguro médico y antecedentes limpios.

VALOR JURÍDICO: BENEFICIOS FISCALES Y CONVENIOS SOCIALES

La visa de nómada digital se regula en la Ley de Emprendedores (Ley 14/2013), modificada por la Ley de Startups (Ley 28/2022).

Su atractivo jurídico radica en dos puntos clave:

Beneficios fiscales – Régimen Beckham

Los nómadas digitales pueden acogerse al régimen fiscal especial de impatriados, conocido como Ley Beckham, que permite tributar solo por los ingresos obtenidos en España a un tipo fijo reducido durante los primeros 6 años.

Convenios de Seguridad Social

Gracias a los acuerdos bilaterales, el trabajador puede mantener sus cotizaciones en su país de origen, evitando la doble tributación o doble cotización, siempre que exista convenio con España.